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21 de abril de 2025
OPINIÓN

Proteger el derecho humano a la ciencia

CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Por Armando Hernández Cruz

Con fecha 8 de mayo de 2023, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Humanidades, Ciencia, Tecnología e Innovación.

Con esta nueva ley se pretende garantizar el acceso al derecho humano a la ciencia y la tecnología consagrado en la fracción V del artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos desde el 2019.

Un aspecto a resaltar es que la ciencia está considerada en esa nueva ley como un bien público. Se parte de la acertada consideración de que el beneficio social requiere una rectoría o conducción del Estado a través de una agenda nacional que establezca las prioridades de la ciencia en el sentido de que, si ésta se produce con recursos públicos, debe destinarse al bien de la población.

La legislación en comento confronta posiciones o visiones sobre el quehacer del estado en materia de fomento a la producción científica en nuestro país; toda vez que, a lo largo de las últimas décadas, se ha manejado la Ciencia desde la visión del estado liberal moderno (neoliberal), mientras que ahora se pretende abordar el tema desde la perspectiva del estado social.

En dicha ley se propone que la política pública en la materia siga coordinada como hasta ahora, por una institución pública. Sobre los mecanismos de financiamiento público, se busca avanzar hacia una mayor transparencia. Asimismo, se crea un Sistema Nacional de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación. En dicho sistema intervienen la Federación y las entidades federativas, como parte de sus atribuciones autónomas, y se ordena la creación del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, (CONAHCYT) que sustituyó, con nuevas competencias y atribuciones, al antiguo CONACYT.

Lo más relevante de dicha ley, es sin duda la oportunidad para redireccionar el uso de recursos públicos para apoyar la producción científica, evitando que los recursos de que dispone el estado para tal fin, sean conducidos para beneficios particulares de unos cuantos.

Además, se establecen las bases para la coordinación de las actividades en el ramo científico, de manera completa y respetuosa de los ámbitos de autonomía de las entidades federativas y, asimismo, incluye de manera igualitaria a todas las instituciones en las que se produce conocimiento científico y tecnológico, mediante la creación del sistema nacional de centros públicos, lo que refuerza la autonomía de los centros públicos de investigación.

La citada Ley contempla también instrumentos de apoyo a la investigación, e incorpora en sus prioridades a la Ciencia Básica y de Frontera (artículo 10 Fracción VII); promueve y busca garantizar la libertad de cátedra y de investigación (artículo 8); y establece los criterios de presupuesto y financiamiento para las actividades humanísticas, científicas y tecnológicas (Capítulo IV).

La nueva Ley de HCTI establece además principios sustantivos para el ejercicio del derecho humano a la ciencia y la tecnología, como: rigor epistemológico, igualdad y no discriminación, inclusión, pluralidad y equidad epistémicas, interculturalidad y diálogo de saberes, producción horizontal del conocimiento, trabajo colaborativo, solidaridad y beneficio social, además de objetividad, imparcialidad, transparencia, honradez, paridad de género, renovación periódica y representatividad, así como responsabilidad ética, social y ambiental (Conacyt, 2022).

Pero lo más relevante de dicha ley, es sin duda la oportunidad para redireccionar el uso de recursos públicos para apoyar la producción científica, evitando que los recursos de que dispone el estado para tal fin, sean conducidos para beneficios particulares de unos cuantos.

Como se puede ver, la Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (HCTI) podría representar una revolución en el quehacer científico en nuestro país, pues con ella se pretende garantizar el acceso al derecho humano a la ciencia y la tecnología que ha permanecido como una cuestión por atender de manera más eficaz en la agenda de nuestro país.

Sin embargo, es importante destacar que contra dicha Ley, han sido tramitado un importante número de juicios de amparo, (ante diversos Juzgados de Distrito) así como un par de acciones de inconstitucionalidad, radicadas estas dos últimas como juicios acumulados ante la ponencia del Ministro Arturo Zaldívar.

Por lo que toca a las acciones de inconstitucionalidad, un grupo de legisladores interpuso dichos juicios argumentando supuestas violaciones a tres distintos principios constitucionales: Violación al principio de deliberación y derecho de las minorías; Violación al principio de libertad y representación parlamentaria; así como Incumplimiento de los plazos y procesos establecidos en las reglas bicamerales.

Sin embargo, por un lado los promoventes no señalan expresamente en qué podrían consistir estas supuestas violaciones, sino que solo se mencionan como parte de la transcripción de un criterio de la SCJN, y por otro lado, es claro que el interés público en la vigencia de una ley, es superior a posibles vicios formales en casos como estos, que eventualmente son susceptibles de ser convalidados, mediante la cadena de actos sucesivos que componen el proceso legislativo.

En lo relativo a los juicios de amparo promovidos, estos han sido interrumpidos por una resolución que ordena la acumulación de todos ellos ante la SCJN, para resolver en conjunto y evitar sentencias contradictorias.

En este escenario, el Poder Judicial de la Federación en México, tiene en sus manos la posibilidad de enterrar una visión social de la política pública en materia de ciencias, humanidades, tecnologías e innovación, y restaurar la visión neoliberal de la ciencia como una mercancía, como un producto al alcance de unos cuantos, y sobre el cual se hacían jugosos negocios privados mediante el uso de recursos púbicos, o bien, puede hacer lo correcto y mantener la actual legislación, con base en la cual ya se han emitido una serie de cambios, reglamentos, normatividad y acciones de desarrollo de la actual política social en materia científica en nuestro país, por parte principalmente del CONAHCYT (Con H) y los Centros Públicos de Investigación.

 

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