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Guadalajara
28 de octubre de 2024
ENTREVISTAS

“La Reforma Judicial no es impugnable”

DIEGO VALADÉS, LA CONTROVERSIA ENTRE JURISTAS

Procedería anularla si hay violaciones en el proceso: ministro Javier Laynez Potisek.

Por Diego Morales Heredia

¿Es posible revertir las reformas al Poder Judicial Federal aprobada por el Constituyente permanente? ¿Qué posición asumen los juristas? ¿Qué argumentos esgrimen los detractores y los promotores y defensores de la misma?

Para el jurista Diego Valadés el contenido de una reforma constitucional no es impugnable, es un error alimentar la posibilidad de anular la reforma judicial, no hay recurso legal ni constitucional existente, ni la Suprema Corte de Justicia ni los gobiernos estatales tienen facultad de hacerlo.

En entrevista con Julio Astillero en su canal de YouTube el jurista Diego Valadés dejó en claro que la reforma judicial aprobada por el Congreso de la Unión no tiene reversa y no es posible frenarla o echarla abajo.

Sin embargo, el ministro Javier Laynez Potisek, la Suprema Corte tiene la facultad de declarar la inconstitucionalidad de la Reforma al Poder Judicial, pero el gobierno lo debe reconocer.

“Para llegar a este paso -declaró a Ciro Gómez Leyva-, primero los ministros deben analizar la iniciativa. Si la SCJN lo avala, se tendría que detener el procedimiento”.

Y lanzó la advertencia: “Si el gobierno de Claudia Sheinbaum se niega a reconocer la inconstitucionalidad, como podría determinarlo (la Corte) , sería sumamente peligroso para la democracia y para los respetos de los derechos del país, siempre lo alertamos con la reforma”.

El expresidente de la Corte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, considera que “la reforma judicial ya es constitucional y es un debate muy intenso en la academia”.

“Hay una norma expresa en la Ley de Amparo que establece que es improcedente el juicio de amparo contra reformas y adiciones contra la Constitución”.

“Si la Corte es congruente y consecuente con sus precedentes, no podría revisar la reforma ni en el procedimiento ni en el fondo, esto es muy importante porque todo tribunal, tiene que ser congruente y consecuente con el peso del precedente”, afirma Arturo Zaldívar.

Sin embargo, reconoce que si los ministros por mayoría, declaran inconstitucional la reforma judicial, aunque no deben lo pueden hacer, estarían generando una crisis constitucional porque el poder revisor de la Constitución, quien tiene la voluntad constituyente, ha decidido reorganizar el Poder Judicial de otra manera.

 

LA ARGUMENTACIÓN DE DIEGO VALADÉS

“Con motivo de la reforma al Poder Judicial expresé que estoy convencido que es necesario e indispensable modificar el sistema de justicia en el país, pero, que la elección de jueces federales y locales en todos sus niveles, incluidos los ministros de la Corte, no va a contribuir a resolver los problemas mencionados en la iniciativa, fundamentalmente el de la corrupción o la lentitud para la resolución de los casos”.

“Ahora, se tomó la decisión, la tomó el órgano encargado para reformar la propia Constitución, no controvierto si la idea de las impugnaciones va hacia el procedimiento, porque podría decirse que no votaron en el número requerido por la Constitución los diputados o los senadores, a lo mejor hubo algún error, yo no lo creo, estoy seguro que se cuidaron muy escrupulosamente los detalles de manera formal, pero si hubiera alguna impugnación referente a ese tema sería procedente”.

“Lo que he visto es que se maneja el fondo de los asuntos, en este caso, no hay recurso legal ni
constitucional alguno para impugnar el contenido de las reformas”, afirma convencido Diego Valadés.

“Lo que he visto es que se maneja el fondo de los asuntos, en este caso, no hay recurso legal ni constitucional alguno para impugnar el contenido de las reformas. En el caso concreto de la Ley de Amparo, que se refiere específicamente al juicio de amparo, es muy clara en el Artículo 61 que dice que es improcedente el juicio de amparo contra adiciones o reformas a la Constitución del país”.

El exprocurador general de la república externó su preocupación por lo que se dice públicamente respecto a la reforma judicial, considera que se genera una tensión excesiva en la sociedad de algo que ya no es viable y apela a que los mexicanos inicien una nueva etapa de reconstrucción entre todos.

“Advierto con enorme preocupación esta corriente que considera que sí se pueden impugnar las reformas constitucionales, incluso ha habido algunos ministros que han expresado que hay decisiones inamovibles e intangibles, hacen referencia a cláusulas pétreas en la Constitución de 1917 y eso es inexacto, no existen tales cláusulas, existieron en la Constitución de 1824 y dejaron de existir en 1836, ese argumento es infundado desde el punto de vista jurídico”.

Subrayó: “Lo que me preocupa es que está generando una tensión excesiva en la sociedad. Encontré a una legisladora de un partido de oposición que me comentaba que había grandes esperanzas que se produjera una declaración de la Corte anulando una reforma constitucional, esto no es posible, esto no sucederá, alentar esa esperanza significará que quienes la crean cuando la Corte decida en el sentido jurídico que no es operativa ni procedente la anulación de una reforma constitucional van a decir que la Corte se vendió, o se doblegó, o hubo presiones del gobierno que ejerció acciones coercitivas de presión político y esto seguirá alimentando un ambiente que todos vivimos de extrema tensión, hay que poner fin a esto, pasar a una etapa nueva de reconstrucción de confianza entre todos los mexicanos”.

Respecto a su postura, Diego Valadés aclaró que sus declaraciones las hace sin ningún interés político ni personal.

“Lamento que se vean como esos clavos a un ataúd, pero mi intención en todos los casos no ha sido más que obedecer a convicciones personales que no tienen nada que ver con militancia política.

Siempre me he expresado como un simpatizante de las medidas de carácter social tomadas por el gobierno anterior y que se rectifican en el gobierno actual, pero he sido discrepante de un sistema presidencial que se ha venido atrofiando en el curso de las décadas, es un sistema que se justificaba en 1917 pero he venido cuestionando hace 30 años. Mis expresiones no tienen nada que ver con posiciones de naturaleza política ni simpatías de manera personal”, expresó el jurista e investigador.

¿Cuál es el ánimo que puede mover a los ministros de la Corte para alentar esto que aclaras con tanta claridad? ¿Motivaciones políticas?

“No son todos los ministros los que lo expresan, lo he escuchado en uno solo, no es la primera vez que lo dicen, se planteó esto cuando se discutía acerca de la prisión preventiva, pero la Corte tampoco está facultada, solamente puede controlar la constitucionalidad de las leyes y los tratados internacionales, pero no de la propia Constitución. No veo intencionalidad política, es una forma de pensar, un concepto jurídico que desde mi punto de vista no tiene sustento normativo, pero sí hay doctrina en el ámbito de los constitucionalistas en ese sentido, entiendo que alguien pueda tomar posición doctrinaria, pero no tiene forma de ser llevada a la práctica mientras la Constitución no autorice que haya un órgano por encima del poder revisor de la Constitución”.

 

En términos jurídicos, si la Corte determinara si procede con su resolución frenando la reforma judicial, ¿cuáles serían las consecuencias para legisladores y para la presidenta de la república?

“Casi no me atrevo a responder la pregunta, porque si la Corte se pusiera al margen de la Constitución estaríamos en una situación que no quisiera calificar, pero no lo veo probable, estoy seguro que no habrá una mayoría de miembros de la Corte que puedan emitir un voto a favor de la revocación, anulación de la reforma constitucional”.

 

¿Qué implica el proceso de las consultas? ¿Solo un proceso retórico?

“Ahí sí es diferente, hay una solicitud que llega a la Corte y tiene por fuerza que responder y dar una consulta, tiene que deliberar, previamente decir si admite la consulta y la responderá, no podría haberse puesto a discutir esa consulta en esa misma sesión sin haberla admitido por una cuestión de procedimientos, en el momento que discutes algo es porque ya lo admitiste. Eso dio lugar a confusiones, se habló de un golpe de estado, pero no, la Corte simplemente recibió un tema planteado, tiene que atenderlo y luego tendrá que decir o podrá decir que lo desecha, previamente tiene que hacerlo objeto de discusión. Lo muy delicado es que entiendo que hay alrededor de 60 o 70 juicios de amparo, entiendo que también parece que habrá la promoción de una controversia constitucional”.

 

El gobierno de Guanajuato saliente va a presentar una controversia constitucional…

“La reforma de 1995 incluyó la controversia constitucional y la acción de inconstitucionalidad, que fue muy importante y lo ha sido porque es un derecho que se le da a las minorías parlamentarias, permite que un 33 por ciento de los legisladores en ambas cámaras puedan impugnar una ley porque es inconstitucional y lo lleva a la Corte para que lo determine, esto ha sido frecuente, una institución muy democrática. La otra es la controversia constitucional, que tiene como destino el proteger a los entes públicos del país para que no haya invasión de competencias, hay un órgano que dirime el conflicto que es la Suprema Corte de Justicia. Ahora, que un gobierno de un estado diga que una reforma constitucional invade la competencia de un estado es desconcertante, advierto un error jurídico y es un error social alimentar la pugnacidad y esperanzas que no tienen visos de solución satisfactoria”, puntualizó.

 


Conferencia de Diego Valadés en marzo pasado en Guadalajara
ante el Ilustre Colegio de Abogados de México Capítulo Occidente
EL SISTEMA JUDICIAL MEXICANO
EL MÁS REZAGADO DEL MUNDO

El maestro Diego Valadés en marzo pasado presentó una conferencia magistral en el marco de la Asamblea general 2024 del Capítulo Occidente del Ilustre Colegio de Abogados de México donde planteó que todos los juzgadores mexicanos conocen que el sistema judicial tiene que seguir avanzando.

“El sistema judicial mexicano es lamentablemente uno de los más rezagados en el mundo, en el caso de la OCDE es el último; no porque no tengan una alta calidad nuestros juzgadores, sino porque en México tenemos 5 juzgadores por cada 100 mil habitantes, frente a la medida de la OCDE que es de 21 juzgadores por cada 100 mil habitantes. Y países como Alemania tiene más de 30 juzgadores por 100 mil habitantes. En nuestra propia América, son 11 en Colombia y en Perú y son 25 en Costa Rica y en Uruguay.

“De manera que mientras el Estado Mexicano no atienda este problema, la cuestión judicial tendrá todavía muchos pendientes que atender. Mucho es lo que hacen los jueces que en este momento tenemos. No hay por otra parte, una Secretaría de Justicia, que permita establecer entre otros aspectos los efectos reales de la normativa en rigor, es decir no tenemos estudios de impacto normativo en el país, cuando es el estándar en cualquier democracia consolidada contemporánea”, expuso el jurista, escritor y político mexicano.

Y así como esto nos falta lo esencial -planteó-, el estado mexicano como tal, desde 1917 a la fecha, carece de política de justicia, en 1917 fueron abolidas dos secretarías, la de instrucción y la de justicia. En 1921 se reestableció la de instrucción con el nombre de Educación Pública, pero no se ha vuelto a pensar en la necesidad de una Secretaría de Justicia, no para que manipule, no para que ordene, no para que dirija; al contrario, para que simplemente planifique y ayude al desarrollo de las instancias de la Judicatura mexicana.

El sistema Presidencial -apuntó-, que emanó de la constitución de 1917 derivó en un absolutismo presidencial, porque así como no se han atendido las necesidades de la Judicatura de manera satisfactoria y así como se mantiene muy limitado el sistema representativo del país, entre otras cosas, no puede llevar a cabo ningún tipo de investigación acerca de lo que hace la administración pública, ni de evaluación acerca de los resultados de los diferentes planes nacionales y estatales, ni de la consecuente sanción a aquellos que no cumplan con su responsabilidad. Así como eso ha pasado, de la otra parte, del Ejecutivo, todo lo que hemos tenido ha sido un incremento sucesivo de facultades, muchas de ellas a expensas del sistema federal.

Recordó Diego Valadés, en el marco de la Asamblea general 2024 del Capítulo Occidente del Ilustre Colegio de Abogados de México, fundado en el año de 1760, que el artículo más reformado de la Constitución, con más de 70 enmiendas, “es el artículo 73 que previene cuáles son las facultades del Congreso y si contamos el número de sus fracciones, veremos que frente a las 29 fracciones originales de 1917, se han adicionado 30 más. Y todas esas facultades adicionales que ejerce el Congreso, en suma, se traducen también en atribuciones presidenciales”, sentenció el jurista.

 

SE PARTIDIZARÁ LA JUSTICIA AL ELEGIR

JUECES, MAGISTRADOS Y MINISTROS

El maestro Diego Valadés expresó en ese evento de marzo su opinión sobre la propuesta del entonces Presidente Andrés Manuel López Obrador de reformar al Poder Judicial y el someter al voto popular, la designación de jueces, magistrados y ministros dentro del Poder Judicial.

Ante este panorama de concentración del poder -dijo Valadés Ríos-, hemos visto cómo se va dando una progresiva erosión de las instituciones y entra en una sinergia negativa con el déficit de gobernabilidad al que nos referimos. Esta erosión progresiva tiene muchos elementos de identificación, uno de ellos la propuesta de que todos los jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial de la Federación, que son casi 1,600 sean elegidos popularmente.

Recordó que esta idea de la elección popular de los jueces, surgió también en la Revolución Francesa, en la primera constitución revolucionaria de 1791 aparecía ya la disposición de que los jueces sería elegidos por el pueblo; se repitió en la de 1795, en la de 1797 y fue derogada en la de 1802 porque se había partidizado e ideologizado la administración de la justicia.

Y abundó: “Tuvo un efecto en el sistema constitucional americano, particularmente por la gran importancia que le dieron los presidentes que se sintieron agraviados porque era inadmisible que la judicatura derogara una decisión legislativa; de tal manera fue tan fuerte este impacto, que en cuanto a la declaración de inconstitucionalidad de las leyes en Estados Unidos, se produjo casi 50 años después y una de las respuestas consistió la elección de los juristas, pero nada más en el ámbito local, nunca se ha planteado en el ámbito federal. En este caso casi la mitad de los estados, en Estados Unidos, eligen jueces popularmente, pero no han podido evitar, según o reconocen ellos mismos, la partidización de la Judicatura”.

Finalizó diciendo: “Ahora bien, cuando se plantea la partidización de la Judicatura en un proceso constructivo de una nueva hegemonía de partido, es evidente que de lo que se trata es de propiciar la demagogia y la subordinación judicial a la estructura partidista”.

 


El ministro Javier Laynez considera que es viable que la Corte declare inconstitucional la reforma judicial.
MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK
“LA CORTE PUEDE DECLARA INCONSTITUCIONAL

Para el ministro Javier Laynez Potisek, la Suprema Corte tiene la facultad de declarar la inconstitucionalidad de la Reforma al Poder Judicial, pero el gobierno lo debe reconocer.

“Para llegar a este paso -declaró a Ciro Gómez Leyva-, primero los ministros deben analizar la iniciativa. Si la SCJN lo avala, se tendría que detener el procedimiento”.

Y lanzó la advertencia: “Si el gobierno de Claudia Sheinbaum se niega a reconocer la inconstitucionalidad, como podría determinarlo (la Corte), sería sumamente peligroso para la democracia y para los respetos de los derechos del país, siempre lo alertamos con la reforma”.

Conforme explicó el ministro, la SCJN nunca ha llegado a explorar si por vía de una acción de inconstitucionalidad o controversia se pueden nulificar.

Sin embargo, el ministro Laynez Potisek aceptó que existe una jurisprudencia muy vieja, de hace más de 20 años, en donde la SCJN dijo que no, (pero) las cosas han evolucionado mucho y en algunos criterios ya se permite la nulidad por el procedimiento.

“El razonamiento es cómo un juez va a suspender una ley una reforma, pero eso es lo que ha ocurrido siempre en un juicio de amparo, aún contra reformas digamos de procedimiento de reforma constitucionales, o sea en el procedimiento legislativo, no en el fondo. Eso es algo que la Corte todavía tiene que explorar porque nunca hemos llegado a explorar si por la vía de una acción o controversia la Corte puede nulificar una reforma constitucional, es cierto, hay una jurisprudencia muy muy vieja, tiene más de 20 años donde la Corte dijo que no, pero luego ha ido evolucionando mucho en sus criterios, nosotros por ejemplo en Segunda Sala tiene una tesis de jurisprudencia donde dice en el contenido no, pero si hay violaciones en el procedimiento sí”.

Considera el ministro Laynez Potisek que aunque el proceso ya se haya avanzado, la reforma se podría frenar en caso que se declare inconstitucional.

“Habrá controversias, no sé si pueda entrar una acción (inconstitucional), no sé si la oposición o la acción puede ser electoral, de un partido político y nosotros tendremos que resolver de manera muy expedita (…) en el caso de que la Corte pudiese declarar la inconstitucionalidad de esa reforma Constitucional se tendría que detener el procedimiento donde vaya”.

Ciro Gómez Leyva advirtió que, aunque se haga dicha revisión y se declare inconstitucional, si no existe autoridad que obligue a legisladores y al ejecutivo a que se acate la resolución, la reforma al Poder Judicial seguirá.

“Es sumamente peligroso para la democracia, para el respeto de los derechos del país, siempre lo alertamos”, afirmó el ministro Laynez Potisek, quien agregó que el no obedecer las resoluciones judiciales o hacerlo a conveniencia son consecuencia del desfortalecimiento del Poder Judicial con dicha reforma”.

 


El ex presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar considera que es improcedente el juicio de amparo contra reformas y adiciones contra la Constitución.
EX MINISTRO ARTURO ZALDÍVAR
“LA CORTE NO PUEDE INVALIDAR LA REFORMA”
El ex ministro y ex presidente de la Corte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, promotor y defensor de la Reforma Judicial ha expresado lo siguiente:

Inicia con una pregunta: “¿Puede ser la Constitución inconstitucional?” -y responde en su participación con Ciro Gómez Leyva:

“La reforma judicial ya es constitucional y es un debate muy intenso en la academia, yo lo centro al caso concreto si en esta eventualidad política y constitucional que estamos viviendo, si el Poder Judicial eventualmente podría revertir esta reforma”

“Desde mi punto de vista no, en atención a lo siguiente, y estoy estableciendo las normativas y políticas del momento.

“Primero: Hay una norma expresa en la Ley de Amparo que establece que es improcedente el juicio de amparo contra reformas y adiciones contra la Constitución”.

“Vamos a suponer que se les ocurre que es inconstitucional la Ley de Amparo, pues ya de entrada estaríamos ante un escenario en el que el propio Poder Judicial se levanta un candado que puso…”

¿Lo podrían hacer porque una mayoría de ministros lo aprueba? -Preguntó Ciro Gómez Leyva-.

“Lo podrían hacer pero voy a decir por qué es cuestionable.

“Segundo: Si la Corte es congruente y consecuente con sus precedentes, no podría revisar la reforma ni en el procedimiento ni en el fondo, esto es muy importante porque todo tribunal, tiene que ser congruente y consecuente con el peso del precedente”.

“Hacerlo abonaría a la ilegitimidad de la Corte. Un precedente, una doctrina de 30 años de que la Corte no revisa reforma a la Constitución y luego qué casualidad, cuando hay una reforma que tiene que ver con ellos abren la puerta, sería muy cuestionable la legitimidad”.

Y añade: “Pero viene lo más importante, creo que el Poder Judicial federal está impedido para revisar la constitucionalidad de esta reforma. ¿Por qué? Todos los jueces y magistrados están en paro en contra de esta reforma desde hace varias semanas, y todas y todos los ministros de la Corte se han pronunciado contra la reforma, 8 a favor y 3 en contra, y de esos 8 en contra, 7 lo han hecho de manera muy beligerante”.

Agrega: “Por ejemplo comentábamos la semana pasada aquí que la presidenta de la SCJN expresó que se quiere demoler al Poder Judicial Federal. Con qué neutralidad que requiere el juzgador, van a juzgar la constitucionalidad de la Constitución cuando a los que afecta son a ellos, a sus cargos, a sus prestaciones. A mi me parece que constitucionalmente y políticamente La Corte no puede invalidar esta reforma”.

¿Pero una mayoría de ministros deciden hacerlo, lo pueden hacer? -pregunta Ciro-.

Si lo hacen generaría una crisis constitucional porque el poder revisor de la Constitución, quién tiene la voluntad constituyente ha decidido reorganizar el Poder Judicial de otra manera.

Me parece que sería un error, uno más garrafal de la Corte y nos colocaría en una crisis constitucional muy delicado.

Pero insisto, si lo quieren lo pueden hacer…

Si lo harían sería violando la Constitución, violando la independencia judicial que tanto alegan. Desde min punto vista no lo pueden hacer ni lo deben hacer.

Pero si lo votan en el pleno lo pueden hacer… -insiste Ciro-

Bueno, es que estamos entrando a un terreno en el que podemos decir si se trata de poder se pueden hacer muchas cosas, que sean indebidas, que no sean aceptables desde el punto de vista constitucional es otra cosa, yo estoy hablando desde el marco constitucional, hacerlo sería romper abiertamente con el marco constitucional, con el pacto constitucional y que veo que generaría una crisis constitucional porque obviamente esa decisión no hay manera que pueda tener efectividad.

Creo que las ministras y ministros deben ser consecuentes a los precedentes porque son juez y parte en una reforma sobre la cual no se pueden pronunciar jurídicamente porque ya se han pronunciado políticamente por un año y cómo ahora van a decir, con qué neutralidad, con qué imparcialidad.

A mi me parece que cualquier proceso judicial sobre la reforma en el poder judicial está viciado de origen, desde el punto de vista constitucional y político.

 


La ministra Norma Piña Hernández ha señalado que la reforma
conduce a la demolición del poder judicial.
MINISTRA NORMA PIÑA:
CAMINO A LA DEMOLICIÓN DEL PODER JUDICIAL

Para la ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Lucía Piña Hernández, la demolición del poder judicial no es la vía, como se pretende hacer mediante la reforma al Poder Judicial, al plantear que juntos, el poder Legislativo y el Judicial pueden dar pasos firmes para hacer los cambios profundos y necesarios para construir la paz, la justicia y la reparación que México tanto necesita.

“Nuestra historia no se puede definir a partir de la narrativa fácil de que todos los problemas de Seguridad y Justicia en el país son culpa de los jueces, quienes así lo crean, no conocen México.

Desde el Poder Judicial Federal les decimos honestamente que nuestra resistencia no está en función de nuestro presente, nuestra convicción y compromiso va más allá de nosotros, es con las generaciones que vienen y fundamentalmente con el país que todos anhelamos”.

La ministra Norma Piña antes de que la reforma judicial se discutiera en el Congreso de la Unión y se aprobara  puso sobre la mesa una propuesta alterna de reforma al Poder Judicial, que aseveró, permitiría lograr un sistema integral de seguridad pública y justicia en México.

“Esta propuesta parte de un ejercicio amplio de escucha y diálogo con todos los actores de los sistemas de Seguridad y Justicia federal y locales, así como con legisladores, organizaciones de la sociedad civil, academias, estudiantes y víctimas de violencia”, expresó.

La ministra explicó  que se trata de un documento que se hizo público en la página de la Suprema Corte, resultado de un amplio diagnóstico que integra las necesidades reales, tanto de quienes tienen a su cargo funciones de Seguridad y Justicia, como de quienes interactúan con ellos.

Asimismo, indicó que se hará público un segundo documento que surge desde la judicatura: “En un proceso reflexivo y autocrítico de las jueces y jueces federales, magistradas y magistrados federales, así como personal de los órganos jurisdiccionales y 11 sistemas de justicias locales, cuyo objetivo es aportar a la discusión sobre la reforma judicial desde la experiencia directa de quienes imparten justicia”.

Dijo que ambas propuestas coinciden con las múltiples recomendaciones y decisiones que han dirigido al Estado mexicano, organismos internacionales e interamericanos de los Derechos Humanos, así como organizaciones de la sociedad civil.

“Hoy todavía es posible, por eso una vez más hago de frente un llamado respetuoso, pero firme a las y los legisladores y a todas las autoridades de los sistemas de Seguridad y Justicia, que podemos cambiar las cosas. Debemos escucharnos entre poderes de la unión, escuchemos a las víctimas de violencia y a las personas que dedican su vida a defender los derechos humanos, escuchemos a los organismos de Justicia internacional, a los estudiantes y a los jóvenes que han salido a las calles para reclamar su derecho a un futuro libre y a un país en paz”.

 


Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.
LA DECISIÓN DE LA CORTE DE REVISAR LA REFORMA

La Corte hará la revisión la reforma judicial aprobada por el Congreso de la Unión y la gran mayoría de las legislaturas del país, sin embargo, en la óptica del jurista Diego Valadés, “no es posible anular una reforma constitucional, porque en el sentido jurídico ni es posible, ni es operativo ni procedente”.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió con una mayoría de 8 votos, revisar si tiene la facultad de revisar y, en su caso, revertir, matizar o detener la reforma judicial aprobada por el Congreso de la Unión.

Con una mayoría de 8 votos contra 3, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que tiene la facultad de revisar y, en su caso, revertir, matizar o detener la reforma judicial aprobada por el Congreso de la Unión, ante los argumentos de que viola la autonomía judicial y la división de poderes.

A principio del mes de octubre el pleno revisó la propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá de la Consulta a Trámite 4/2024 que elaboró a petición de personas magistradas y juzgadoras del Poder Judicial Federal, para revisar la reforma.

 

MINISTRA LENIA BATRES ADVIERTE SOBRE UN GOLPE DE ESTADO

La ministra Lenia Batres Guadarrama durante la discusión, advirtió que se estaría dando un “golpe de Estado”, si este órgano pretende frenar lo aprobado por el Congreso de la Unión.

“La Suprema Corte estaría dando un auténtico, y lo digo con todas sus letras, golpe de Estado, al pretender someter a control constitucional el trabajo del Poder constitucional reformador que ha participado en el proceso de reforma constitucional en materia de Poder Judicial”, expresó la ministra.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa secundó la postura de la ministra Batres Guadarrama, quien acusó que la Corte estaría pretendiendo eliminar una reforma constitucional, con un proceso administrativo.

“Me preocupa que estamos desconociendo al Poder Reformador de la Constitución. ¿Es preámbulo esto de un golpe de Estado Constitucional? ¿La Corte quiere crear una crisis Constitucional inaceptable mandando el mensaje de que esta Corte puede echar abajo una reforma Constitucional en un procedimiento administrativo?, cuestionó la ministra.

 

LE FALLA LA MEMORIA A MORENA

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que elaboró la propuesta señaló recordó que en otros procesos, militantes del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), a quienes les puso nombre y apellido, propusieron revisar reformas constitucionales y nadie los acusó de golpistas.

“En el amparo indirecto 70 del 2014, suscrito por grandes juristas de nuestro país  a quienes respete muchísimo, como Ernestina Godoy, Adán Augusto López y Ricardo Monreal, en ese momento lo que pedían era revisar el proceso constitucional, el proceso de reforma de la Constitución, hace 10 años”.

“Nadie en ese momento los acusó de golpistas; lo que sí me gustaría es hacer un respetuoso llamado a promover el diálogo, el diálogo sano, el diálogo reflexivo, el diálogo constructivo, dentro de este Pleno”, aseguró el ministro Alcántara Carrancá.

En contra del proyecto del ministro ponente votaron las ministras Batres Guadarrama, Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, quienes argumentaron que la Corte no puede revisar una Reforma Judicial ya aprobada.

El ministro Javier Laynez Potisek hizo uso de la palabra para apoyar la propuesta del ministro Alcántara y Carrancá y aclarar que sus argumentos son para el fondo del asunto, y no para resolver si se aceptaba la consulta solicitada por los trabajadores del Poder Judicial.

“Todos los argumentos que he oído son de fondo, eso es precisamente, en su caso, una vez, lo que se turne a un ponente que prepare el proyecto, entonces podremos explayarnos en todo lo he escuchado aquí.

“Por lo tanto, no es el momento, no lo voy a rebatir en este momento, porque el proyecto no tiene que entrar en este momento, simplemente está diciendo, ante la pregunta de la ministra presidente, qué se hace con un escrito de esta naturaleza”, añadió Laynez Potisek.

Para la aprobación del proyecto se necesitaba la mayoría simple de seis votos: a favor lo hicieron la ministra presidenta de la Corte, Norma Lucía Piña Hernández, Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Javier Laynez Potisek, Alberto Pérez Dayán, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Luis María Aguilar Morales y Jorge Mario Pardo Rebolledo.

Lo que sigue es designar a un ministro para que elabore un proyecto, en donde, ahora sí se resuelva si la Corte puede modificar o detener la reforma judicial que entró en vigor el pasado 16 de septiembre.

 

 

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