29.9 C
Guadalajara
14 de marzo de 2025
POLÍTICA

Los Juzgados y Tribunales Federales deben analizar el contexto sociocultural de las personas indígenas para garantizar su acceso a la plena jurisdicción del Estado

La Primera Sala de la SCJN resolvió que en los casos en que personas indígenas sean sujetas a un procedimiento penal, las autoridades deben evitar criminalizar las formas en que pretendían ejercer sus derechos, analizando el contexto sociocultural y político en que se suscitaron los hechos, para advertir la intención de los inculpados.

 

Por Comunicados de Prensa SCJN

El caso es derivado de un conflicto suscitado entre un Ayuntamiento y un Consejo Ciudadano Indígena, cuando tres de sus miembros fueron condenados por el delito de sabotaje; resolución que fue confirmada en apelación. Inconformes, los indígenas sentenciados promovieron juicio de amparo directo; el Tribunal Colegiado de Circuito del conocimiento negó el amparo en contra de esta sentencia, la parte quejosa interpuso recurso de revisión, que fue revisado por esta Suprema Corte.

A través de una tesis de jurisprudencia, la Primera Sala estableció que la fracción VIII del artículo 2º de la Constitución establece que para garantizar el derecho de acceso a la plena jurisdicción del Estado de las personas indígenas, en todos los juicios y procedimientos en que, individual o colectivamente sean parte: 1) se deberán tomar en cuenta sus costumbres y especificidades culturales; y, 2) que en todo tiempo tienen derecho a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura.

El Alto Tribunal determinó que es obligación de las autoridades intervinientes en el proceso de origen, concretamente, del órgano jurisdiccional; quien además deberá tomar en cuenta el contexto sociocultural y político.

En que se suscitaron los hechos para advertir la intención de los inculpados; sobre todo al haberse apreciado, a nivel internacional, que la protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas se da en el marco de una alta y persistente conflictividad social, acompañada frecuentemente de violencia; advirtiéndose una preocupante tendencia a la criminalización de la protesta y la disidencia social.

En ese sentido, las autoridades que imparten justicia en materia penal deben ser especialmente cuidadosas en evitar que se utilice el derecho punitivo como una forma de criminalizar el ejercicio de sus pretendidos derechos, analizando el contexto sociocultural y político en que se suscitaron los hechos.

 

POST RELACIONADOS

La caída del orden económico mundial

Legisladores de México

Canciller Ebrard presenta 42 acciones para impulsar e internacionalizar el emprendimiento mexicano

Legisladores de México

Presidente inaugura Gasolinera Bienestar en Calakmul; proyecto fomenta el trabajo comunitario y el empleo en Campeche

Legisladores de México

Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia. Asumiremos que está de acuerdo con esto, pero puede optar por no participar si lo desea. Aceptar Leer más