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15 de febrero de 2025
OPINIÓN

El sindicalismo en el Poder Legislativo

MENSAJE DEL DIRECTOR

Por Hiram Valdez Chávez 

En el ámbito internacional, los derechos humanos laborales tienen un reconocimiento en diversos instrumentos y organismos. Por ello la importancia de hablar de la vinculación entre los derechos humanos y  el derecho de libertad sindical, específicamente en relación a los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo; relativo el primero a la libertad sindical y el segundo a la aplicación de los principios del derecho de sindicalización y negociación colectiva.

En el derecho laboral mexicano existen diversos problemas relativos al ejercicio de la libertad sindical. El Convenio 87 de la OIT  fue ratificado por México, pero su contenido no se cumple en la práctica, violando así los derechos humanos de los trabajadores.

También es necesario recomendar que el gobierno mexicano ratifique el convenio 98 de la OIT y realice las adecuaciones necesarias a la legislación laboral para no violar estos derechos humanos.

El artículo 123 constitucional  establece  el principio de libertad sindical al señalar que tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales, etcétera. A su vez, el artículo 354 de la Ley Federal del Trabajo confirma el mismo derecho al disponer que la Ley reconoce la libertad de coalición de trabajadores y patrones, lo que ratifica el artículo 357 al indicar que los trabajadores y los patrones tienen el derecho de constituir sindicatos sin necesidad de autorización previa, y este derecho a su vez se perfecciona con el texto del artículo 358, que confirma el principio de libertad sindical cuando señala, en su primer párrafo, que a nadie se puede obligar a formar parte de un sindicato o a no formar parte de él.

Ante ello, el derecho del trabajo, que se inició con los mejores propósitos sociales, se encuentra hoy con grandes retos.

En el caso de los Poderes Legislativos, Federal y Estatales, resulta fundamental sobre todo la unidad entre los trabajadores, ya que en muchos Congresos de los Estados del país, así como la H. Cámara de Diputados, y el Senado de la República,  existen hasta 3 sindicatos o más. Los diferentes intereses de los trabajadores permiten que existan estas divisiones y que en ocasiones no logren sus demandas por intereses políticos y económicos que son la mayor parte del problema.

Sin duda, para lograr la libertad y autonomía sindical es imperiosa  la capacitación de los trabajadores sindicalizados, sobre todo en el entendido de que la unidad puede ayudar más a sus interés como trabajadores,  pero lo más relevante es en apoyar de manera profesional en las tareas legislativas.

Los derechos humanos son: universales, absolutos, inalienables, inviolables, imprescriptibles, indivisibles, irreversibles y progresivos; por tal motivo, existe un conjunto de estos derechos humanos vinculados al trabajo y a los trabajadores y trabajadoras, comúnmente conocidos como derechos humanos laborales, éstos como lo menciona Marcos Sánchez: «Son los que se orientan a posibilitar las condiciones mínimas de vida y de trabajo para todas las personas, así como la organización de los trabajadores y trabajadoras para su defensa, reivindicación y participación socio política.»

Los derechos humanos laborales tienen el desafío de buscar caminos para defender su universalidad y generar beneficios para todos los trabajadores.

En la actualidad no es posible hablar del derecho al trabajo, sin vincularlo al ejercicio del derecho de libertad sindical, la cual forma parte de estos derechos humanos;  perspectiva que ha sido recogida por diversos instrumentos internacionales y que se encuentra regulada en forma expresa por los convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo ya mencionados.

Los derechos humanos laborales atraviesan en la etapa actual por un reconocimiento de los organismos internacionales pero que en ocasiones por falta de voluntad política, estos no son reconocidos como tales y por lo tanto algunas autoridades tratan de limitar la sindicalización y en ocasiones no ratifican algunos convenios que van por buen camino.

Ante estos retos que enfrentan los trabajadores y trabajadoras es importante hablar de un tema que casi no se ventila ante la prensa, es el que se encuentran los legisladores del país, la burocracia en los Poderes Legislativos, que en ocasiones puede entorpecer el desarrollo de sus importantes funciones. A veces, algunos trabajadores sindicalizados por tener este derecho su rendimiento ya no es el mismo, debido a que se instalan en una «zona de confort» y bajan su rendimiento. Este grave problema puede frenar las tareas en el Poder Legislativo.

Por ello es importante capacitar a los trabajadores y trabajadoras, como un derecho primordial. En primer término reconocer a los que hacen un gran trabajo en apoyo a estas tareas legislativas, en segundo término, la capacitación es prioridad sobre todo en temas de mediación y resolución de conflictos, derechos humanos, desarrollo humano y temas que involucren la atención del trabajador como primeros auxilios y psicología entre otros.

La ética en el trabajo debe ser prioridad, sobre todo evitar la piratería de iniciativas en el Poder Legislativo por algunos asesores que esto se ve constantemente y es un problema recurrente.

La atención a los trabajadores y trabajadoras en el Poder Legislativo debe ser prioridad en nuestro país y debe estar en la agenda pública, además de que es necesario transparentar los acuerdos y su trabajo dentro de sus periodos de gestión sobre todo en los temas económicos por la corrupción que se da dentro de algunos sindicatos.

 

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