NO PUEDEN FRENARLA
Por Cayetano Frías
@cayetanofrias
La actitud pasiva de ministros, magistrados, consejeros y jueces del Poder Judicial Federal, es verdaderamente criminal. Son 440 mil expedientes aproximadamente, los que han estado congelados durante más de un mes en todo el país, sin importar la tragedia que provocan al violar los derechos humanos de millones de personas. Y en el colmo del cinismo, la inmensa mayoría de empleados en “paro”, siguen cobrando sus salarios de manera ilegal, solapados por ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por los consejeros de la Judicatura Federal.
Cada día se afirma en el imaginario colectivo, la consciencia de que existe un “Cártel de la Toga”, donde la alta burocracia del Poder Judicial ha creado redes de nepotismo en donde se contabilizan, conservadoramente, a más del 40 por ciento de los empleados como parentela de los dirigentes.
Pero ni por asomo, se cumple en esta institución con los principios rectores de honestidad e impartición de justicia pronta y expedita. Hay ejemplos tan grotescos en la lentitud de la SCJN, como las controversias constitucionales de límites entre Estados de la Federación que tardan décadas.
Las cifras oficiales reflejan que solo en un 3 por ciento de los delitos, los responsables reciben sentencia condenatoria, arrojando un altísimo nivel de impunidad que estimula a la reincidencia. El Consejo de la Judicatura solo cuenta como ente administrativo, pero no ejerce esquemas de control que combatan la corrupción y sus bajos índices de castigo a los infractores, son vergonzosos.
En contraste al nivel de eficiencia, ministros, magistrados, consejeros, jueces y funcionarios, tienen sueldos millonarios, todos por encima del que percibe el presidente de la república, aunque con ello violen la Constitución que juraron cumplir y hacer cumplir.
EL BOICOT A LA REFORMA JUDICIAL
Desde que era aspirante a ministra de la SCJN, Norma Piña fue humillada en el Senado por su escasa preparación y por no articular en sus respuestas el esbozo de un programa de trabajo para ese cargo. Impulsada por el presidente Enrique Peña Nieto, fue elegida y hoy es la presidenta.
Sus reuniones secretas con políticos de oposición antes de las recientes elecciones han sido una mancha en la supuesta independencia que debería guardar como cabeza de uno de los tres poderes del Estado.
Desde que fue electa, marcó su distancia con el Ejecutivo al permanecer sentada durante una ceremonia oficial. Como militantes de proyectos distintos, ambos funcionarios trazaron su estrategia: Piña en abierto boicot al trabajo de López Obrador, y éste, arrancó con su Plan C, de buscar la mayoría en el Congreso que le permitiera aprobar reformas constitucionales, entre ellas, como destinatario el “podrido Poder Judicial”.
Así, se aprobó la reforma al Poder Judicial, a través de la cual se establece que ministros, magistrados y jueces, deberán ser electos por los ciudadanos con voto directo y secreto. Antes, se hará una selección de los candidatos, su nivel académico, experiencia y demostrar que aprobaron las materias relacionadas con la impartición de justicia, con un mínimo de 95.
La reforma, que conlleva el despido de los actuales ministros y los que le siguen, además de la desaparición del inoperante Consejo de la Judicatura, crispó los ánimos en la alta burocracia y su parentela enquistada en el Poder Judicial.
Hace poco más de un mes que los empleados se fueron al paro, seguidos por jueces, magistrados, consejeros y ministros, con la evidente intención de preservar sus privilegios. Para los afectados, presos o en libertad, víctimas, ni un solo pronunciamiento en sus arengas y amenazas.
La reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre. Doce días antes, 19 funcionarios, entre magistrados y jueces, presentaron una queja a la presidenta Norma Piña, quedando como ignorantes al solicitar que se inicie un “trámite de controversia o solicitud de ejercicio de la facultad prevista en el artículo 11, fracción XXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación de tramitación urgente”.
Esa veintena de magistrados y jueces, evidencian el nivel de quienes imparten justicia. Dicha fracción, nada tiene que ver con una controversia o reforma, pues solo faculta al Pleno de la SCJN “Para conocer sobre la interpretación y resolución de los conflictos que se deriven de contratos o cumplimientos de obligaciones contraídas por particulares o dependencias y entidades públicas con la Suprema Corte de Justicia de la Nación o con el Consejo de la Judicatura Federal”.
Ante la pifia de los magistrados y jueces que presentaron la solicitud, el 24 de septiembre el ministro Raúl Carrancá y Rivas, en lugar de desechar la solicitud por improcedente, presentó un proyecto para corregir a los ignorantes, y propuso que se fundamentara en la fracción XVII y no en la XXII.
Esto dice la Fracción XVII: “Conocer y dirimir cualquier controversia que surja entre las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y las que se susciten dentro del Poder Judicial de la Federación con motivo de la interpretación y la aplicación de los artículos 94, 97, 100 y 101 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los preceptos correspondientes de esta Ley Orgánica”.
Aquí debemos precisar que una Ley Orgánica solo tiene jurisdicción en la institución a la que está dirigida y es lo que establece esta Fracción XVII de manera muy clara, no puede invadir resoluciones de cualquier otra institución y tampoco invalidar una sola coma de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Pero la cordura no permeó en la mayoría de los magistrados, porque este 3 de octubre, el Pleno aprueba el proyecto con modificaciones por ocho votos contra 3 y se pronuncian sobre la procedencia de invalidar reformas a la Constitución y según ellos, pueden hacerlo con seis votos, en lugar de los ocho. La locura de la toga.
El 4 de diciembre de 2019, el legislador Damián Zepeda le preguntó a la ministra Margarita Ríos Farjat: “¿Se puede impugnar y/o declarar inconstitucional una reforma constitucional?
“Yo creo que lo impugnable sería el proceso que se haya llevado a cabo, que no se hayan llevado a cabo las formas del procedimiento. Porque, ¿qué sucedería aquí? No nada más que existe jurisprudencia en la Corte en el sentido que no, sino de fondo político entraría la Corte a sustituir la soberanía del Constituyente.
“No sé si eso sea deseable, que revisando si es una reforma constitucional válida, pues en la Corte decía, aquí vamos a analizar y vámonos a darle la vuelta. Entonces, ¿quién regularía a la Corte? Y la Corte entonces tendría la posibilidad de sustituirse en la voluntad soberana del Constituyente. Yo no lo vería así.
“Yo no veo a la Corte sustituyéndose en la voluntad soberana del Legislativo. Para mí, las reformas constitucionales no deben ser impugnables, si no nos gustaron discutámoslo de nuevo como sociedad, hagamos otros pactos. Esto es lo que constituye un pacto. Y el pacto siempre debe armarse sobre la soberanía del Legislativo. El Judicial tiene que respetar ese pacto, no sustituir lo que se decida ahí. Esa es mi opinión”.
En contradicción consigo misma, Ríos Farjat emitió uno de los ocho votos para dar entrada al análisis del tema.
El ministro Carrancá y Rivas, para fortalecer su postura de admitir el trámite, recordó que en 2014 el senador Manuel Bartlett junto con otros legisladores, presentó una demanda de amparo contra la reforma energética de Peña Nieto.
Lo que no dijo, es que esa demanda de amparo fue desechada y el pleno de la SCJN rechazó atraerla, porque no es procedente impugnar una reforma constitucional, que es el planteamiento que hacen.
En su posicionamiento durante la sesión del pleno del 3 de octubre, la ministra Loretta Ortiz externó: “Sin importar los posicionamientos personales a favor o en contra de la reforma judicial, las personas juzgadoras no podemos arrogarnos una función que no nos fue conferida, es decir, revisar reformas constitucionales fruto de la voluntad popular. Las personas juzgadoras no somos enemigas de la democracia, sino sus guardianas”.